AYUDAS
¿A quién va dirigido?
El importe máximo de la ayuda, que se denomina bono Digital, dependerá del número de empleados del negocio habiéndose establecido estos 3 segmentos.
01.
Segmento I
Empresas
Abierto hasta el 31/12/2024
Entre 10 y menos de 50 empleados. Hasta 12.000 €.
02.
Segmento II
abierto hasta el 31/12/2024
Empresas pequeñas o microempresas
Entre 3 y menos de 10 empleados. Hasta 6.000 €.
03.
Segmento III
ABIERTO HASTA EL 31/10/2025
Microempresas y autónomos
Desde 0 y menos de 3 empleados. Hasta 2.000 €.
Te acompañamos durante todo el proceso
Solo tienes que decirnos que necesitas
Somos AGENTES DIGITALIZADORES homologados oficialmente por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Plataforma Red.es), encargada de ejecutar las diferentes soluciones digitales para las pymes, microempresas y autónomos que soliciten la ayuda del Kit Digital.
Esto significa, que estamos autorizados a ayudar a pymes y autónomos en el proceso para conseguir su bono kit digital, así como asesorar y ejecutar los servicios necesarios para la digitalización de la empresa o autónomo.
Estás a un paso de digitalizar tu empresa
¡Solo hasta el 31 de diciembre
para los segmentos I y II!
subvenciones a fondo perdido de hasta 12.000 euros para la digitalización de tu empresa
Nuestro catálogo de servicios
Hay varias soluciones disponibles dentro del plan, tendrás que solicitar las que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Todas las soluciones que integran el Kit Digital incluyen un servicio de soporte y mantenimiento durante 12 meses.
8 puntos importantes
Requisitos para ser
beneficiario del
Kit Digital
01. Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
02. Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
03. Estar dado de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
04. No tener consideración de empresa en crisis.
05. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
06. No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
07. No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
08. No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
Estás a un paso de digitalizar tu empresa
¡No puedes perder
esta oportunidad!
Estás a un paso de digitalizar tu empresa
¡Solo hasta el 31 de diciembre
para los segmentos I y II!
CONSIGUE TU KIT DIGITAL
Cómo solicitarlo
Y una vez tengas el Bono...
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Descarga nuestra guía, con toda la información paso a paso de este programa.